El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció ayer la extensión del plan de pagos de hasta 18 cuotas para incorporar obligaciones vencidas con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) hasta el 31 de octubre de 2026, cuando hasta ahora el límite alcanzaba el 30 de junio. Con la extensión del plazo, se prevé que el régimen permita regularizar una porción mayor de las obligaciones tributarias.
Contadores consultados por Infobae valoraron la ampliación, aunque remarcaron que las condiciones incluyen anticipos, el pago de una tasa mensual del 2,75% y plazos diferentes según el tamaño de cada empresa y el tipo de obligación.
Caputo comunicó las medidas durante el evento anual de la Unión Industrial Argentina (UIA), que se realizó en el Golden Center. El ministro presentó cuatro decisiones orientadas a reactivar la actividad de cara a las elecciones presidenciales de 2027, cuando Javier Milei buscará la reelección.
"Vamos a extender (el plan de pago) las deudas hasta el 31 de octubre y les vamos a dar también 18 meses de plazo para que tengan también más holgura financiera, porque obviamente entendemos el costo financiero para las pymes es un problemón y no es necesariamente algo que se va a solucionar en un mes o dos", sostuvo el ministro durante su discurso.
La modificación no cambia el carácter del programa. El esquema funciona como una herramienta de financiación para cancelar compromisos fiscales en cuotas y no prevé reducciones sobre el capital, los intereses ni las multas. Las empresas deben cumplir con los requisitos de adhesión y afrontar un pago a cuenta antes de comenzar con el cronograma de cuotas.
La gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, Noelia Girardi, detalló que el anuncio de Caputo se produjo después de Resolución General 5920/2026. La cual se publicó el 30 de octubre en el Boletín Oficial y prorrogó hasta el 30 de diciembre de 2026 la adhesión a dos regímenes especiales de facilidades de pago. Cuando ambos esquemas vencían el 30 de octubre.
Girardi diferenció la prórroga administrativa del anuncio de Caputo. La extensión del plazo de adhesión permitió a los contribuyentes contar con más tiempo para ingresar al programa. La ampliación del corte de las obligaciones que anunció Caputo este martes, en cambio, habilita la incorporación de compromisos fiscales más recientes.
Cpm el cambio de la fecha límite al 31 de octubre, las empresas podrán sumar cuatro meses adicionales de obligaciones vencidas dentro del régimen, siempre que cumplan con las restantes condiciones previstas. Según Girardi, esa diferencia genera un efecto financiero más amplio que una prórroga simple. Las compañías podrán ordenar pasivos tributarios anteriores e incorporar obligaciones que vencieron mientras atravesaban dificultades para cumplir con sus compromisos corrientes.
La especialista señaló que la ampliación del período refleja las dificultades de liquidez que enfrentan empresas que buscan regularizar obligaciones fiscales acumuladas y, al mismo tiempo, deben afrontar nuevos vencimientos.
Ante la consulta de Infobae a fuentes de ARCA como del Ministerio de Economía respecto a cuándo se van a publicar la nuevas resoluciones de los anuncios en el Boletín Oficial no existió una repuesta al cierre de esta nota.
Las micro y pequeñas empresas, junto con los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro, pueden financiar obligaciones generales en un máximo de 18 cuotas. Para ingresar al esquema, deben realizar un pago a cuenta equivalente al 5% de la deuda consolidada.
Las medianas empresas de los tramos 1 y 2 cuentan con un máximo de 15 cuotas para obligaciones generales. En esos casos, el anticipo asciende al 10% del monto consolidado.
El régimen establece condiciones más acotadas para las deudas vinculadas con retenciones y percepciones. Las micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro pueden cancelar esas obligaciones en hasta nueve cuotas. Para las compañías medianas, el límite se reduce a siete.
La tasa de financiación es de 2,75% mensual para micro, pequeñas y medianas empresas. El pago a cuenta y cada cuota deben alcanzar, como mínimo, los $50.000. Para acceder a las facilidades, las compañías deben contar con el Certificado MiPyME vigente. La adhesión se canaliza a través de Mis Facilidades y el régimen no establece un límite en la cantidad de planes que pueden presentar los contribuyentes.
El programa mantiene las obligaciones en su totalidad. No incluye quitas de capital, intereses ni multas. Las cuotas permiten distribuir el pago de los compromisos fiscales, aunque incorporan la tasa de financiación definida para cada plan.
El contador Marcos Felice celebró la extensión del universo de obligaciones alcanzadas. "Es algo que habíamos pedido antes de la prórroga de la adhesión. Es una buena idea ampliarlo a deudas vencidas a octubre", afirmó.
Felice planteó reparos sobre la tasa de financiación. "La tasa no es la mejor, debería ser más escalonada para pequeños contribuyentes", señaló. También propuso eliminar el pago a cuenta que deben afrontar las empresas al ingresar al régimen.
El titular del estudio Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti, vinculó el interés del programa con la tasa resarcitoria. "Van a tasa de resarcitorios, con lo cual estás a 2,75% mensual, 33% anual. Es una tasa por encima de lo que rinden hoy los fondos comunes de inversión y los plazos fijos", afirmó.
El especialista agregó que el fisco no debe convertirse en una opción financiera para los contribuyentes. Según explicó, una reducción marcada del interés, sumada a la suspensión de embargos, podría impulsar una adhesión masiva y tener efectos sobre la recaudación.